Dosis mínima: Representación de los problemas normativos de Colombia
Publicado el 13 de Octubre de 2018
Fuente: www.rptnoticias.com
Artículo de opinión escrito por:
Oscar Sierra Fajardo
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El debate por la dosis mínima en Colombia. El lunes primero de octubre el presidente Duque firmó el decreto 1844, en donde a grandes rasgos se estipula que la dosis mínima portada o en consumo, será decomisada y posteriormente destruida, además, se puede incurrir en una multa de más de $208.000 por infringir el Código de Convivencia y el Código de Polícia. Si bien esta propuesta en campaña no fue una de las más discutidas, hoy genera diferentes debates académicos y personales al interior de nuestra sociedad, desde que es inconstitucional, hasta que es la mejor medida para atacar el microtráfico.
Pero, sin ánimo de criticar o generar señalamientos innecesarios, es importante reconocer que el tema de consumo de drogas, es fruto de problemas estructurales de carácter social, político y económico, de nuestro país, y que, por lo tanto, es responsabilidad del Estado, prevenir, proteger y reducir a los adictos y consumidores de sustancias alucinógenas.
En Colombia se ha generado un marco normativo que promete un avance en el trato a las personas adictas y frente a las bandas narcotraficantes, algunos ejemplos relevantes, son la ley 1566 de 2012, en la cual se busca atender integralmente a los consumidores de sustancias psicoactivas, y se reconoce que esto obedece a un problema de salud pública, o el acto legislativo 02 de 2009, en donde se realiza un acercamiento a la regularización de la dosis mínima a partir de la ayuda a los consumidores y del enjuiciamiento de los expendedores de diferentes niveles, al igual que el trato pedagógico, profiláctico o terapéutico, para la misma población, o el proyecto de ley 133 de 2015, en donde se focaliza la elaboración de políticas públicas, que por medio de la Cátedra en instituciones de educación básica, media y superior, como asignatura individual en el plan de estudios, busca la prevención del consumo de sustancias psicoactivas.
Luego de realizar esta rápida revisión normativa, podemos pensar desde dos posturas, por un lado, ¿Qué garantías se brindan a personas que hacen uso de drogas, de manera recreativa? Puesto que una buena parte de la población colombiana, que afirma haber consumido drogas, en especial, cannabis, lo hacen esporádicamente, y con fines lejanos a los de un adicto, que no conllevan a problemas estructurales para la sociedad, como violencia o delincuencia común
Por otro lado, encontramos población que, a pesar de no considerarse adictos a sustancias psicoactivas, las consideran indispensables para relacionarse ya sea en fiestas, o espacios sociales informales, situación que representa un problema de salud pública, al igual que fortalece desde pequeñas hasta grandes redes de narcotráfico, quienes han sabido infiltrarse en grupos selectos de estudiantes y han generado la normalización de esta dependencia. En suma, una de las dificultades que presenta el reciente decreto propuesto, es la no diferenciación de tipos de consumidores, negando el libre desarrollo de la personalidad, garantizada con la sentencia C-221 de 1994, promovida por Carlos Gaviria.
Desde otra postura, si existe este tipo de reglamentación frente al tratamiento de personas consumidoras de sustancias psicoactivas, ¿Por qué en los colegios y/o universidades, no es común la oferta de materias focalizadas a informar y prevenir el consumo de drogas?, ¿Por qué no se generan programas de atención integral hacia personas consumidoras, ya sean adictas o recreativas?, el decreto anunciado por el presidente Duque, ¿ Está en contravía de la mirada progresista de la anterior estructura normativa que se venía adelantando para Colombia?
Esta postura, deja en evidencia uno de los mayores obstáculos que ha afectado en la historia de nuestro país, es la continua discrepancia, ausencia de coordinación, y brecha entre la formulación de políticas públicas, la publicación de las mismas y su grado de implementación, ahora bien, pensando en un caso hipotético, en donde la política pública sobrevivió la etapa de formulación, elaboración e implementación; luego de un tiempo, surge una nueva política o regulación normativa, creada, probablemente, por otros actores, que no siguen la misma línea ideológica y que contradicen o retroceden en los avances logrados por las anteriores regulaciones. En este sentido de ideas, los esfuerzos que el actual presidente quiere llevar a cabo, para combatir la lucha contra las drogas, ¿No debería enfocarlos en promover las anteriores normas guiadas hacia el tratamiento, educación, prevención, protección y disminución de los consumidores de drogas psicoactivas, al igual que a la persecución y enjuiciamiento de los distribuidores y bandas de estupefacientes?
Claro, ahora ustedes dirán, “las anteriores normas se escuchan muy bien, pero en realidad la normatividad que se venía aplicando no era la anteriormente señalada, el decreto avalado por Duque no es tan malo”. Pues hay varios puntos que indican el acto inútil de este decreto, por un lado, en lo referente a la criminalización, ya que, de acuerdo con la Ministra de Justicia, Gloria María Borrero, los consumidores que sean investidos con una dosis mínima, podrán salvar esta dosis, si poseen, un certificado médico, de los padres o profesores, en donde afirman que la persona, es adicta, además, el juicio de estos certificados, corre por cuenta del policía al que se presente.
Si bien, lo anterior puede resultar gracioso y generó diferentes burlas a nivel mediático, es una medida grave, puesto que a pesar de algunas declaraciones de agentes de policías, quienes afirman que este decreto dará facilidad al accionar en casos de consumidores de dosis mínima, también puede generar inconvenientes, tanto en el debido proceso con cada incautación, como en el nivel de atención que se le debe prestar a cada caso, en donde, se debe verificar que no sean más de veinte gramos, verificar el certificado de adicto, realizar el juicio del mismo certificado, en caso de que sea un juicio negativo o que este no se tenga, y contando con la ética profesional del policía, puesto que, ya se han presentado casos de soborno a cambio de no decomisar la droga, y finalmente realizar la debida “destrucción” de la dosis. Además, ¿están los policías capacitados para determinar qué dosis corresponde a la mínima? y ¿Qué significa la adicción y cuánto puede necesitar una persona adicta? Cuestiones que la senadora María del Rosario Guerra, admite son los principales retos que tiene la policía y que es responsabilidad del ministerio de Defensa.
Ahora, si bien se venían decomisando las dosis mínimas, los consumidores recreativos que las portaban tenían derecho a defender el libre desarrollo de su personalidad, ahora, estos mismos consumidores tienen que conseguir un certificado que los catalogue como adictos, porque desde esa perspectiva se les está viendo, y aun así esto no garantiza que puedan quedarse con su dosis, ya que la decisión final está en manos de la policía, como ya se dijo.
Todo lo anterior genera que la atención de los policías se concentre en estos casos, debido a que si el porte es ahora es ilícito, el acto lógico siguiente es requisar a todos los ciudadanos, pero esto es demasiado igualitario para nuestros agentes, por lo que este tipo de requisas suelen hacerse a ciudadanos con tatuajes, cabello largo, o cualquier característica que no esté dentro de los estándares de la normalidad, procedimiento que no aporta a la búsqueda y enjuiciamiento de las bandas de estupefacientes, puesto que, por un lado, son las primeras en sacar o falsificar el certificado, y por otro, genera que el consumidor, caiga en la necesidad urgente, de conseguir nuevamente su dosis. A grande escala se puede ver reflejado en el aumento de tasas de robos, violencia, en la dinamización del mercado de drogas, que por supuesto, no contarán con la presencia necesaria de policías, incluyendo en esto, crímenes, conflictos y situaciones que se presentan a diario y no se relacionan con la problemática de drogas.
El problema de las drogas es que hay grandes bandas de narcotráfico, que llegan a las pequeñas esferas de la sociedad por medio de bandas de microtráfico, con la curiosidad, de que todo el proceso de transporte y almacenamiento de grandes dosis de droga, es como si fuese invisible, situación que luego se presenta en menor escala, con la presencia de ollas y bandas que tanto las autoridades como la comunidad conoce, pero aun así a diario desarrollan su operación. Todo lo anterior es lo que permite que el consumidor recreativo o el adicto, consiga su dosis y este con ella en la calle.
Entonces, en lugar de articular la normatividad existente en torno a la criminalización de la problemática de sustancias psicoactivas y la atención integral a los consumidores, se persigue y ataca a estos últimos. Este mismo error se viene desarrollando con la sustitución obligatoria de cultivos, en donde, los programas de sustitución voluntaria muestran óptimos resultados, aunque esto no se ha visibilizado ya que el último reporte dado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) evalúa hasta el 2017, en donde aún no se habían sumado muchas familias al programa de sustitución, pero que la Dirección de Sustitución Nacional de Cultivos de la Presidencia, informa que de las familias inscritas en este programa el 91% han retirado sus cultivos.
Punto que no se ha logrado con la sustitución obligatoria, esto se puede afirmar a partir de que es una medida aplicada en 1999 con el famoso Plan Colombia en donde se llegó a la primer mayor cifra de cultivos ilícitos con 160.000 hectáreas y que 19 años después se llega a una nueva cifra histórica, con 180.000 hectáreas.
Frente a este tema los campesinos afirman que la mejor medida es continuar con el programa de sustitución voluntaria, desarrollar lo ya pactado en el primer punto del acuerdo de paz, dirigido a la reforma rural integral, igualmente reforzar la oferta institucional, que no es un secreto tiene múltiples falencias, lo cual no brinda los incentivos y garantías suficientes a los campesinos para dejar los cultivos ilícitos, queda esperar que con el aumento de regalías, y la promesa de mayor financiación a los programas del posconflicto, el programa de sustitución voluntaria sea reforzado.
Tanto el decreto 1844 de la dosis mínima, como la sustitución obligatoria, se vienen tratando de la misma manera, con enfoques que ya se han practicado, no solucionan la problemática de drogas y no generan avances en materia legislativa y de construcción de Estado. Para concluir, es importante aprender de estos sucesos, ya que nos revelan la responsabilidad no solo del gobierno, sino de nosotros como ciudadanos, puesto que, esto también es nuestra responsabilidad, desde que estamos en un régimen democrático que nos permite verificar, controlar y promover políticas y normas existentes que son centrales para el progreso de nuestro país, y que no pueden seguir siendo víctimas de intereses políticos.
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