Abogados advierten riesgo de que no prospere caso de hija de Merlano

Publicado el 4 de Octubre de 2019
Fuente: www.eltiempo.com

Oscar Sierra Fajardo

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 Abogados advierten riesgo de que no prospere caso de hija de Merlano 
Expertos cuestionan viabilidad de imputarle 'favorecimiento de fuga' a hija de la exsenadora. 

Aída Merlano 
Aída Merlano, excongresista condenada a 15 años por compra de votos.
Foto: Cortesía. 


En horas de la madrugada de este viernes las autoridades informaron de la captura de la hija de Aida Merlano, Karolyne Manzaneda Merlano, por favorecimiento de fuga de presos, un delito del cual se había hablado desde el momento en que en los primeros videos conocidos de la fuga de Merlano se veía a quien sería su hija.

Sin embargo, aunque ese es el delito por el que la Fiscalía buscará procesarla, abogados expertos en derecho penal han criticado fuertemente esa forma de proceder, puesto que ese delito tiene personas muy específicas a las que se les puede imputar.

Según lo dispone el Código Penal, ese delito aplica para funcionarios públicos o particulares encargados de la vigilancia de un preso, y la hija de Merlano, exsenadora condenada a 15 años de cárcel por corrupción electoral, no cumple con esas características.

El abogado Oscar Sierra Fajardo considera que en realidad no es posible imputarle ese delito a la hija de Merlano, en primer lugar, citó que el 'favorecimiento de fuga de preso' solo puede ser cometido por servidor público o particular que tenga deber de vigilancia respecto del fugado.  

También comentó que existe otro delito llamado solo 'favorecimiento' (artículo 446 del Código Penal) y es aquella conducta dolosa de otro frente a cualquier delito, "en este caso se podría decir coloquialmente 'favorecimiento' de 'fuga', por cuanto el delito cometido por el autor sería la fuga", pero dijo que este delito tampoco es adecuado puesto que exige que no hubiera acuerdo previo ni durante los hechos y que el favorecedor participe del encubrimiento después de cometido el delito (en este caso la fuga), no antes.

Sierra comentó que podría, en su concepto, existir más bien una 'complicidad' de fuga, pero es para quien presta una ayuda para la fuga, pero la ayuda debe ser demostrable y dolosa, y "si la hija entregó a su madre la bolsa con la soga y sabía que esa soga habría de ser usada con esa finalidad, es cómplice; pero no sería cómplice si la hija sabía que su madre se iba a fugar y va solo a despedirse, porque la complicidad no se predica de sólo conocer las intenciones del autor, necesita la ayuda dolosa del cómplice". 

Por su parte, el penalista Iván Cancino publicó en sus redes sociales que la captura de la hija de Merlano fue desproporcionada y no tiene sustento jurídico.


 El abogado Marlon Díaz también expresó su desacuerdo y dijo que la imputación de ese delito a la hija de Merlano es un exabrupto jurídico pues "cualquier imputación sobre familiares desconocerá el derecho fundamental a no declarar en contra de parientes".

 Ricardo Calvete añadió que "en el peor de los casos, la complicidad o la coautoría (así sea como interviniente), en la fuga de presos no admite medidas de aseguramiento privativas de la libertad", por lo que cuestionó si este "será un nuevo caso de captura, traslado y devuélvase cómo pueda".

Tomado de: https://www.eltiempo.com/justicia/delitos/abogados-critican-delito-imputado-a-hija-de-aida-merlano-419694

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